Recibir una casa como herencia puede representar un impulso financiero significativo para muchas empresas y particulares. Es un incremento en el patrimonio que, con la orientación adecuada, puede optimizarse para mejorar la estabilidad económica.

Si estás contemplando la venta de una casa heredada, es importante estar bien informado y tomar decisiones fundamentadas. En este artículo, te brindaré consejos y orientación para abordar este proceso de manera efectiva.

La problemática de vender una casa de herencia depende de varios factores:

  • El número de herederos que comparten dicha casa.
  • La buena sintonía y comunicación entre los distintos herederos.
  • El estado de la vivienda en sí.
  • Dónde se ubica y las opciones de venta que pueda tener la zona.

Eso sí, debes saber que, aunque recibir una casa heredada supondrá un aumento de tu patrimonio, a corto plazo puede suponer algunos gastos económicos iniciales.


El proceso de venta de casa de herencia

Las fases del proceso de venta de una casa heredada son varios, todos ellos muy concretos y parametrizados.


Primero: reunir la documentación

Como ves, hay dos momentos en los que tendrás que liquidar impuestos, uno en el momento de recibir la herencia y otro en el momento de venderla. Son dos hechos independientes y aislados y ambos generan obligaciones fiscales.

A la hora de recibir una herencia hay que reunir varios documentos. Básicamente es toda aquella documentación para acreditar el fallecimiento, demostrar que eres el heredero legal y tener el registro de los bienes que se heredan.

Para ello harán falta:

  • Certificado de defunción del fallecido. Que se solicita en el Registro Civil de la localidad.
  • Certificado de últimas voluntades. Con esto se sabe si la persona fallecida dejó escrito testamento o no. Se solicita en el Ministerio de Justicia y se puede hacer por internet.
  • Copia del testamento si existe. Hay que solicitarlo en la notaría donde el fallecido lo hubiera realizado y que aparecerá en el Certificado de últimas voluntades.

Segundo: aceptar la herencia

Este es un trámite que se debe realizar ante notario y es el primer paso. Existe la peculiaridad de que la herencia se acepta en conjunto. Es decir, que si aceptas la herencia asumes tanto los bienes y cantidades económicas heredadas como las posibles deudas y cargas asociadas.

También este trámite se complica si hay varios herederos y la comunicación no es fluida.

La cuestión de la aceptación de la herencia depende además de si existe testamento o no. Si la persona fallecida lo dejó escrito todo es más fácil ya que quedará claro quién se queda con cada bien heredado.

Por supuesto, también es más fácil si hay un único heredero.

En cualquier caso, siempre hay que hacer un inventario inicial de todos los bienes que se incluyen en la herencia y también de las deudas asociadas.

Posteriormente proceder a la partición entre los distintos herederos y firmar ante notario la escritura de partición de la herencia.

En las herencias en las que no existe testamento hay que firmar antes un acta de declaración de herederos ante notario. Este documento es que el certifica claramente qué personas tienen derecho a recibir parte de la herencia y en qué porcentaje.


Tercero: reparto adecuado de la herencia en el caso de varios herederos

Si la herencia es compartida con más herederos la cosa puede complicarse. En especial si no hay comunicación o choque de intereses. Además, puede ocurrir que el único bien de valor heredado sea una única vivienda.

¿Por qué esto es un problema? Imagina que heredáis dos hermanos y la herencia consiste en dos casas, la solución parece fácil, se pone una casa a nombre de cada hermano y cada uno hace con ella lo que quiere. Si el precio de tasación de las dos es parecido esto puede realizarse sin problemas ni disputas.

Pero imagina que sólo hay una vivienda y varios herederos. Puede darse el caso de que unos quieran venderla para disponer del dinero de la venta mientras que otros herederos quieran quedársela y habitarla. Aunque existe la opción de llegar a un acuerdo justo para los dos, lo cierto es que en la mayoría de los casos el acuerdo en estas situaciones es complicado por desavenencias y disputas en el precio de venta.


Cuarto: liquidar impuestos de herencia

Una vez formalizada la herencia en sí hay que proceder al pago de impuestos por herencia. En este caso los impuestos a pagar son dos:

  • El impuesto de sucesiones y donaciones.
  • La plusvalía municipal.

Este tipo de impuesto puede variar mucho entre una comunidad autónoma y otra con lo que es conveniente que te informes antes de la cuantía en cada provincia.


Quinto: inscribir la vivienda

Finalmente hay que inscribir la vivienda a tu nombre o al de todos los herederos en el Registro de la Propiedad.

Aunque no es una obligación en sí, lo cierto es que lo recomendable es inscribir la casa heredada en el Registro de la Propiedad. No es un trámite engorroso y facilitará las cosas en las siguientes fases y evitará posibles problemas.


Sexto: vender la casa de herencia

Este paso es bastante fácil de entender. Una vez registrada la vivienda y liquidados los impuestos de las fases anteriores ya puedes poner la casa en venta.

Venderla con rapidez y por una buena cantidad dependerá de tus habilidades para publicitarla, negociar el precio de venta, la suerte, etc. Evidentemente, contar siempre con un especialista que te facilitará las cosas y permitirá que te despreocupes más por los trámites de venta de tu casa de herencia sin apenas dedicarle tiempo y con cero molestias.


Séptimo: liquidar los impuestos por venta

Una vez que vendas la casa por herencia ya sólo faltará volver a pagar impuestos, esta vez los impuestos correspondientes a la venta de la casa.

También en esta ocasión son dos al igual que en momento de recibir la herencia, y curiosamente uno de ellos es el mismo:

  • Plusvalía municipal.
  • Impuesto de IRPF (Impuesto de la Renta de las Personas Físicas).

En el caso de que la vivienda esté a nombre de varios herederos cada uno de ellos liquidará sus impuestos personales en la proporción de propiedad de la casa.

En lo que se refiere a la plusvalía, al igual que en la anterior fase, se pagará en función del valor del suelo de la vivienda en el momento en el que pasa a tu propiedad y la diferencia con el momento en el que la vendes. Es decir, que si recibes una casa por herencia y la vendes en muy poco tiempo después en teoría el impuesto a pagar sería muy bajo.

A la hora de realizar el pago del IRPF, el valor base de la vivienda es el que figure en el impuesto de sucesiones y donaciones.